Para facilitar el proceso de adopción del sistema de emisión electrónica a través de los Operadores de Servicios Electrónicos (OSE) o a través del Portal, la SUNAT ha dispuesto que si bien se mantiene para los Principales Contribuyentes (PRICOS) la obligación de usar este sistema de emisión a partir del 01 de marzo del 2019, podrán usar, de manera concurrente y excepcional, el Sistema de Emisión Electrónica del contribuyente (SEE – del contribuyente) o el Facturador SUNAT (SEE-SFS) hasta el 30 de junio de este año.
Asimismo, la norma señala que los Principales Contribuyentes (PRICOS) obligados a utilizar el Sistema de Emisión Electrónica a través de los Operadores de Servicios Electrónicos (OSE) serán aquellos cuyos ingresos anuales en el año 2017 hayan sido iguales o mayores a 300 UIT (1 millón 215 mil soles). Dichos contribuyentes también podrán usar el Portal SUNAT.Adicionalmente, a partir de este año aquellos Principales Contribuyentes que obtengan la calidad de emisor electrónico y cuyos ingresos anuales sean iguales o mayores a 300 UIT (ingresos del ejercicio anterior) tendrán la obligación de utilizar el Sistema de Emisión Electrónica OSE o el Portal SUNAT (SEE – SOL) a partir del julio del año siguiente.
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